Si me hablas, te denuncio

Hoy te traigo al blog un caso real que hemos tenido hace unos días en el Despacho sobre Violencia de Género, y sobre situaciones que eran de todo, menos violencia de género.

¿Qué pretendemos con ello? En realidad, abrirte los ojos, tanto si eres hombre como mujer, y que entiendas dónde están los límites, a través de una experiencia real en la que el resultado fue la absolución del denunciado, nuestro cliente.

¿Qué es la Violencia de Género?

Si atendemos a la definición más purista, sería todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. Quizá te sorprenda observar, que la palabra violencia, no tiene que causar necesariamente sufrimiento físico.

En el caso real que te comentaba antes, nuestro cliente era un padre, que el pasado mes de Noviembre había obtenido después de años de batalla judicial, una Sentencia del Juzgado de Familia, que le atribuía la guarda y custodia de su hija de 7 años, Sentencia firme, y por tanto, aplicable. Se establecía un derecho de visitas de la madre, que podría disfrutar de la compañía de su hija fines de semana alternos. Pues bien, entre las ciudades donde residen ambos progenitores, hay una distancia de 150 kilómetros. El padre, se desplazó el Viernes por la tarde a llevar a la niña, y el Domingo, sería la madre, la que devolvería a la niña al domicilio paterno. Pasadas dos horas de la hora prevista, el Domingo a las 19.00 horas de la tarde, el padre llamó a la madre varias veces, sin éxito.

¿Cómo actuar en ese momento?

En ese momento, cerca de las 23.00 horas de la noche, recibimos la llamada del cliente, aconsejándole en primer lugar, mantener la calma, tratar de contactar con algún familiar cercano que le pudiera decir informar sobre donde estaba la niña, y que si pasaba una hora sin tener noticias, pusiera una denuncia en la policía. Pasadas las 00.30 horas de la noche, acudió a la Policia Local de su localidad a poner la correspondiente denuncia, denunciando que la madre no había entregado a la niña en la hora establecida, ni había contestado a sus llamadas y mensajes.

Después de la noche que ese padre pasó sin haber podido conciliar el sueño pensando donde estaría su hija, decide el lunes a primera hora pedir un dia en su trabajo, desplazarse a la localidad de residencia de la madre, al Colegio donde la menor estaba matriculada, para averiguar si estaba ahí. Aclarar que esa niña ya estaba matriculada desde hace más de un mes en el Colegio del domicilio paterno, fruto de la Sentencia judicial existente, y firme, pero la madre no había comunicado tal situación al colegio de su localidad, alegando que la niña faltaba a clase porque se encontraba enferma. El caso es que cuando el padre llega al colegio a las 9, descubre que su hija, efectivamente estaba en clase, teniendo que esperar hasta las 14.00 de la tarde que la niña saliera para regresar al domicilio familiar.

Pensábamos que la historia acababa ahí, y que el padre, a pesar del viaje y haber perdido el día de trabajo, regresaría con su hija, pero nada más lejos de la realidad.  Para nuestra sorpresa, sobre las 9.30 horas de ese lunes, estando el padre tomando café con nosotros, recibe una llamada de la Policia Nacional de esta localidad, que le informa de que ha sido denunciado por la madre de su hija por violencia de género, y que se presente en Comisaría para tomarle declaración, lo que, voluntariamente, hizo.

¿Estás hablando en serio?

El cliente, no se sorprende por lo ocurrido, ya que sabemos el tipo de persona que tenemos enfrente y la mala relación existente entre ambos, pero eso no evita su estado de “shock” ante semejante episodio. Cuando nos presentamos en Comisaría, y una vez leídos sus derechos, se le toma declaración como “presunto” autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar. Leemos la denuncia interpuesta por la madre, que le denuncia el domingo a las 21.00 horas de la noche, tras manifestar que le había llamado más de 10 veces, le había enviado audios amenazándola, y le había escrito un mensaje de contenido violento. Cuando la policía le pide a la madre que enseñe los audios o el mensaje, la señora alega que no tiene batería en el móvil, y se marcha.

El cliente en su comparecencia, y en nuestra presencia, pone a su disposición su teléfono móvil, donde se comprueba que no existe mensaje de voz alguno y tampoco mensaje de texto, sí las llamadas, que se realizaron al ver que pasaba la hora de llevar a la menor, y este hecho no se producía. Una vez acabada la declaración, recoge a su hija del Colegio a las 14.00 y vuelve a su domicilio.

Al día siguiente, martes, estaba citado en el Juzgado de Violencia de la ciudad donde reside la madre, para celebrar el correspondiente Juicio Rápido. Nuevamente, tiene que desplazarse, le acompañamos al Juzgado, donde después de esperar más de 2 horas y media, la madre no se presenta a declarar, a él se le absuelve del presunto “delito” cometido, y se marcha de nuevo a su domicilio.

¿Conclusión de todo esto?

Un padre, con una sentencia judicial que le concede la custodia de su hija, casi 1.000 kilómetros de viaje en escasos 4 días, perdiendo dos días de trabajo, sin haber hecho nada, se encuentra en esta situación. ¿Es justo? ¿Debería esa madre ser denunciada por denuncia falsa? ¿Qué pretendía con esa acusación grave? No todo vale cuando hablamos de violencia de género, abogamos por la justicia y el endurecimiento de medidas en supuestos en los que efectivamente haya indicios y pruebas claras, para el resto de casos, pedimos respeto y sentido común, tanto para hombres como para mujeres.

abogado en albacete movil

Salvador González-Moncayo Cuevas

Salvador González-Moncayo es abogado experto en derecho de familia y penal. Con más de 10 años de experiencia en otros despachos jurídicos, actualmente es CEO de González-Moncayo Abogados. Licenciado en derecho por la UCAM de Murcia y con formación en Compliance Penal entre otros. Es además miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) y del ICALBA

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