
¡Te voy a quitar a los niños! El Delito de Sustracción de Menores
¿Alguna vez te has parado a pensar lo que sería perder el contacto con tus hijos?
Información actual, referente en el sector legal.

¿Alguna vez te has parado a pensar lo que sería perder el contacto con tus hijos?

SI, lo es. En esta ocasión, no hay medias tintas.

La Modificación de Medidas, es el nombre que recibe el procedimiento judicial que se encarga de modificar o cambiar una o varias de las medidas que regulan la relación de los cónyuges con sus hijos menores de edad.

Esta frase, que en este caso es real, es muy habitual en aquellos casos, la mayoría padres, en los que tras una sentencia de divorcio, tienen la obligación de pagar una pensión de alimentos a sus hijos.

Recordarás en el post de la semana pasada, ya puedes volar a leerlo si todavía no lo has hecho, explicábamos de manera genérica y sencilla (o esa era la idea), qué entendíamos por pensión de alimentos, que conceptos entraban en esa pensión, y que había que hacer para solicitarla.

Que te quede muy claro porque te lo explicaré de una manera muy sencilla, la pensión de alimentos es el importe que paga aquel padre/madre que no tiene la custodia del menor o menores para ayudar a pagar los gastos de alimentación, vestuario, sanidad y educación de los menores.

No te asustes, puede parecer muy duro, pero cuando un matrimonio se divorcia, se pasa de un estado a otro con suma facilidad. Me echo a temblar cuando oigo frases como “ya no puedo más”, “se acabó, me divorcio”, “ahí te quedas”…

Quiero empezar mostrando mi respecto y admiración a todos aquellos compañeros (incluyo por supuesto compañeras), que durante años han sido abogados “hombre orquesta” y a los que hablarles de especialización era poco menos que faltarles al respecto…